El jueves 6 de agosto de 2015, este periódico se hacía eco, en su página 26, acompañado de una fotografía, de la pesca en la Ribera de un siluro de cerca de 1,80 metros de largo, tamaño de record, subrayaba la noticia.
Hasta ahí todo correcto y curioso, pero la alerta llega cuando el pescador, un vecino de Barañain, relata que tras capturarlo, decidió devolverlo al río.
Queremos informar a la población y sobretodo a los aficionados a la pesca, que el siluro es una especie alóctona, catalogada como exótica invasora por el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, esta normativa permite a través de la pesca la gestión, control y posible erradicación de las especies con objeto de evitar que se extiendan.
Por ello, la Orden General de Vedas de Navarra, persigue el doble objetivo de aprovechamiento piscícola ordenado por un lado, y de control de las especies piscícolas exóticas invasoras por otro.
Esta normativa que todo pescador tiene la responsabilidad de conocer, especifica en su artículo 18, las capturas a sacrificar en el momento de su pesca:
Peces: Alburno, Carpín dorado, Lucio, Perca americana o Black-bass, Pez gato, Siluro, Trucha arco iris
Invertebrados: Cangrejo de las marismas, Cangrejo señal.
Por lo tanto, este pescador está cometiendo una infracción y lo que es peor, está actuando en contra de la conservación de nuestras especies autóctonas. Porque hay que tener en cuenta que las especies exóticas invasoras son la segunda causa de extinción de especies autóctonas.
Se trata de sumar recursos en la lucha contra las especies invasoras para lograr un objetivo común de conservación de nuestra fauna y flora silvestre que beneficie a toda la sociedad.
ASOCIACIÓN NAVARRA DE GUARDAS FORESTALES (ANGF-NOE)
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